Tal cual lo indicaba la cláusula gatillo firmada en el último acuerdo paritario, una vez conocido el índice de inflación del mes de agosto de 2023, la parte empresarial se compromete a efectuar un ajuste salarial de manera automática, en caso de corresponder.
En dicha cláusula se establecía que si la inflación acumulada a agosto superaba el 75% (monto otorgado hasta la última actualización efectuada), los bancos deberán ajustar la diferencia, haciendo retroactivo el porcentaje resultante al mencionado mes.
En este caso, la inflación publicada por el INDEC en el día de la fecha fue de un 12.4%, totalizando un acumulado anual del 80.2%. De este modo se debe ajustar retroactivamente al 1ro. de agosto del 2023, un 5.2% sobre todas las remuneraciones y adicionales convencionales y no convencionales, sobre la base de salarios a diciembre de 2022.
En función a lo antes mencionado, con este ajuste al mes de AGOSTO, el salario mínimo inicial bancario quedaría compuesto de la siguiente manera:
Salario Inicial + Participación Ganancias (ROE):
AGOSTO $ 417.263,21 + $ 15.077,58 = $ 432.340,79
El bono correspondiente al día del bancario queda establecido de esta manera en $ 371.975,72 hasta el momento.
Dicha actualización se deberá abonar con las liquidaciones del mes de Septiembre, con el retroactivo pertinente. La semana próxima retomaremos las reuniones paritarias, para continuar con las negociaciones correspondientes a los meses restantes del año 2023.
La Asociación Bancaria continúa manteniendo la premisa que las y los trabajadores bancarios deben salvaguardar el poder adquisitivo de nuestro salario.
Buenos Aires, 13 de septiembre de 2023
SECRETARIADO GENERAL NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA
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